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Quedan apenas 50 días para que comience a aplicarse el IMO 2020.

El impacto del IMO 2020 en la industria marítima mundial

La Organización Marítima Mundial (OMI, IMO en sus siglas en inglés) estableció que, a partir del 1 de enero de 2020, el límite mundial de contenido de azufre en el fueloil utilizado en los buques debe ser del 0,50% masa/masa. La cifra actual, vigente desde 2012, es de 3,50% masa/masa y aplica a todo el fueloil utilizado a bordo, tanto motores principales y auxiliares, como calderas.

La fecha del IMO 2020 está marcada en rojo en el calendario para todas las compañías marítimas, consignatarias o Aduanas. Es el caso también de Operinter, que, a menos de 50 días de que comience a ser efectiva la medida, está informando a clientes y colaboradores sobre la normativa medioambiental.

Impacto económico

El nuevo combustible de bajo sulfuro tiene un precio notablemente superior al usado hasta la fecha, lo que implica que los costes para las compañías navieras se verán incrementados, y, por tanto, los de toda la cadena logística. En consecuencia, todos los armadores han anunciado la aplicación de recargos especiales de combustible aplicables desde el 1 de diciembre de 2019 para hacer frente a ese gasto adicional.Estos costes serán aplicados sin excepción a todos los embarques marítimos, y, por tanto, se espera un incremento de los precios en las operaciones de import/export, ya sea de contenedores completos o grupajes, desde esa misma fecha.

Según las estimaciones de algunos fondos de inversión, el impacto económico global de esta adaptación superará los 240.000 millones de dólares (más de 217.000 millones de euros). Hay que tener en cuenta que actualmente se consumen más de tres millones de barriles de fuelóleo con alto contenido en azufre (HSFO) y muchas petroleras ya han anunciado que suministrarán los nuevos combustibles en los principales puertos.

Implantación

La implantación de la IMO 2020 –organización que está compuesta por 174 Estados miembros– pertenece al ámbito de la competencia y responsabilidad de las Administraciones de los Estados y debe tratarse como una prioridad. En cuanto a las sanciones, la OMI contempla que serán establecidas individualmente por cada una de las partes en el Convenio MARPOL en calidad de Estados de abanderamiento y Estados rectores de puertos.

Controles y exenciones

Los buques que dispongan de fueloil para el uso a bordo de los buques deberán obtener una nota de entrega de combustible, que establecerá el contenido de azufre del fueloil suministrado. Cada Estado tendrá que expedir a los buques un Certificado Internacional de Prevención de la contaminación atmosférica (Certificado IAPP). El título incluye una sección que indica que el buque utiliza fueloil con un contenido de azufre que no excede el valor límite aplicable, según debe constar en las notas de entrega de combustible.

La nueva normativa del azufre contempla excepciones previstas en situaciones necesarias para salvaguardar la seguridad del buque, la vida humana en el mar, o en el caso de que un buque o un equipo este dañado.

Alternativas

La flota naviera también se puede adaptar al IMO 2020 optando por el gas natural licuado (GNL) y utilizando este combustible en sus motores. Es la opción seguida por cerca de 250 buques y una tendencia al alza.

Otra alternativa es seguir empleando el combustible HSFO pero con depuradoras. Según algunos cálculos unos 4.000 barcos optarán por este sistema. Los llamados scrubbers, que pueden ser de circuito cerrado o abierto, es una alternativa, no obstante, que ha sido prohibida en algunos países como China.

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